Catálogo General 2025-2026

Repetición de Cursos

Todo estudiante tendrá derecho a repetir un curso cuando la calificación no le satisfaga. El estudiante costeará con su dinero la repetición de cursos, salvo que la reglamentación federal y la institucional permitan el otorgamiento de ayudas económicas. En caso de haberse eliminado el curso como ofrecimiento curricular, el mismo será sustituido por el nuevo curso creado en la revisión curricular o por un curso equivalente aprobado por la Vicepresidencia de Asuntos Académicos y Estudiantiles. La calificación más alta y los créditos correspondientes prevalecerán en el expediente del estudiante y las calificaciones inferiores se cambiarán a R (curso repetido). Cuando el estudiante repita un curso y la calificación obtenida en el nuevo término sea igual a la calificación obtenida en el término anterior, prevalecerá en el expediente académico del estudiante la calificación del término más reciente. Las anotaciones de R y los créditos correspondientes no se considerarán para determinar si el estudiante ha satisfecho los requisitos de graduación. Los cursos repetidos luego de haber obtenido el grado no se considerarán para el cómputo del índice de graduación.