Admisión de Estudiantes Especiales
Serán estudiantes especiales:
- 1. los estudiantes de otras instituciones de educación superior que tengan autorización para tomar cursos en la Universidad Interamericana de Puerto Rico (UIPR) para satisfacer requisitos de su institución de procedencia. A estos se les requerirá presentar una certificación que indique los cursos autorizados para tomarse en la UIPR;
- 2. las personas que no están interesadas en obtener un grado académico, sino en tomar cursos para su mejoramiento profesional o personal;
- 3. los estudiantes de escuela superior autorizados para tomar cursos avanzados como parte de sus requisitos de escuela superior;
- 4. los estudiantes participantes de intercambios estudiantiles procedentes de otras universidades;
- 5. los maestros del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) que deseen satisfacer algún requisito de esa agencia. Se les requerirá un documento oficial del DEPR que indique los cursos que deberán tomar.
A los estudiantes especiales no se les requerirá copia de su expediente académico al tramitar su admisión.
Los estudiantes especiales descritos en los incisos del 1 al 4 no serán elegibles para ayudas económicas federales de Título IV ni estatales.
Todo solicitante que más tarde decida continuar sus estudios con miras a obtener un grado o certificado universitario, deberá cumplir con los requisitos y los trámites de admisión a la Universidad, de acuerdo con el programa de estudios de su interés.
En caso de que un estudiante especial de escuela superior sea admitido posteriormente como estudiante universitario, se le podrán acreditar los cursos ya aprobados.